Provisión de fondos
Descarga documentos
Preguntas frecuentas
- ¿Cómo realizar una provisión de fondos?
- ¿Cómo puedo consultar el estado de mis documentos?
- ¿A partir de que momento se pueden retirar los documentos presentados en el Registro?
- ¿Quién puede retirar los documentos presentados en el Registro?
- ¿Qué provisión de fondos debo dejar a la hora de presentar los documentos en el Registro?
¿A partir de que momento se pueden retirar los documentos presentados en el Registro?
Los documentos pueden retirarse ya despachados después de los 15 días hábiles siguientes a su presentación, de no mediar defectos que impidan la inscripción. Si se necesitan en un plazo inferior, puede solicitarse su tramitación urgente en el momento de su presentación. Algún tipo de documento (por Reglamento) tiene un plazo de despacho inferior los 15 días. Cuando el documento esté listo se le notificará por correo electrónico (si al momento de la presentación lo ha indicado). También, en el mismo correo, se le notificará el importe pendiente de la liquidación de la factura de honorarios de Registro.